Actividades políticas
000.200 POLÍTICA SOBRE ACTIVIDADES POLÍTICAS
A. PARTICIPACIÓN DEL DISTRITO
- Todas las actividades de carácter político deben llevarse a cabo de tal manera que se garantice que la propia universidad no se vea implicada de forma partidista ni en campañas políticas ni en controversias públicas.
- Las organizaciones estudiantiles reconocidas en Omak, salvo la ASWVC y la ASWVC, tienen libertad para realizar declaraciones públicas sobre asuntos de interés público y político, siempre que dejen claro que hablan únicamente en nombre de sus propios miembros y que no pretenden representar a la universidad ni al conjunto del alumnado.
- Las organizaciones patrocinadoras de todas estas actividades deben identificarse claramente.
- Ni la ASWVC ni la ASWVC de Omak podrán pronunciarse sobre cuestiones de interés público, salvo cuando dichas cuestiones guarden una relación clara e inmediata con las circunstancias de la vida estudiantil en el Wenatchee Valley College.
B. USO DE LAS INSTALACIONES
- Las normas del consejo prohíben expresamente el uso de las instalaciones de la universidad con fines de campaña política por parte de candidatos a cargos públicos o en su favor, salvo en el caso de determinadas actividades organizadas por los estudiantes .
- No está permitido colocar carteles ni carteles de campaña en ninguna propiedad del campus. Esto se aplica tanto a las organizaciones estudiantiles reconocidas como a todas las demás personas y organizaciones.
- La solicitud de uso de las instalaciones para un ponente invitado debe tramitarse a través del director de desarrollo estudiantil o la persona que este designe.
C. PONENTES
- Las organizaciones estudiantiles reconocidas podrán invitar a ponentes políticos previa autorización por escrito del asesor del club, de conformidad con la normativa establecida en la sección sobre ponentes del manual del estudiante.
- La presencia de un ponente invitado en el campus no implica ningún respaldo, ni implícito ni explícito, de las opiniones de dicho ponente por parte del distrito, el consejo de administración, el profesorado, la dirección o los estudiantes.
- La organización estudiantil que invite a un ponente especial al campus deberá notificarlo a la oficina de programas estudiantiles o a la persona designada al menos tres días antes de la fecha prevista para la intervención del invitado.
- El director de desarrollo estudiantil, o la persona que este designe, podrá solicitar y organizar que en la reunión o actividad, o en una reunión o actividad posterior, se den a conocer opiniones distintas a las del ponente invitado.
- El rector de la universidad podrá, a su discreción, designar a un miembro del cuerpo docente para que presida cualquier reunión o actividad a la que se haya invitado a un ponente.
Sustituye a la norma 2.P.29
Aprobada por el consejo de administración: 11/04/01
Revisada y aprobada por el consejo de administración: 19/09/07
Última revisión: __/__/__
Persona de contacto para la política: Servicios Administrativos
Políticas y procedimientos relacionados
000.190 Política sobre actividades expresivas
000.300 Política sobre libertad de investigación y expresión