Niños en el campus
000.260 POLÍTICA SOBRE NIÑOS EN EL RECINTO UNIVERSITARIO
El Wenatchee Valley College se compromete a velar por la salud y la seguridad de su personal, sus estudiantes y sus visitantes, incluidos los niños.
Como institución de educación superior, la universidad ofrece servicios educativos y de apoyo principalmente a estudiantes adultos. En determinadas circunstancias y en el marco de programas especiales, también asisten a clase y/o participan en programas o actividades en las instalaciones de la universidad estudiantes menores de 18 años.
La universidad es un centro público del estado de Washington, a disposición tanto de sus estudiantes como del público en general que desee utilizar sus instalaciones, informarse sobre sus servicios y programas o asistir a actos que se celebren en la universidad. Los ciudadanos tienen derecho a utilizar las instalaciones de la universidad y a visitarla durante el horario habitual de atención al público.
La universidad reconoce que, con frecuencia, los niños acompañan a los adultos durante las visitas a la universidad. No obstante, los niños deben estar en todo momento bajo la supervisión de un adulto responsable, y es responsabilidad de este último garantizar que los niños se comporten adecuadamente. No es apropiado que un padre o tutor pida a miembros de la comunidad universitaria —profesorado, personal o estudiantes— que asuman estas responsabilidades, a menos que deje al niño en un programa universitario autorizado para niños.
Los niños sin supervisión, o cuya supervisión recaiga sobre el personal o los estudiantes de la universidad, pueden perturbar el proceso educativo o el entorno laboral y, posiblemente, suponer un riesgo para la seguridad tanto de los propios niños como de otras personas.
Esta política, junto con el procedimiento correspondiente, tiene por objeto contribuir a garantizar la seguridad de los niños que visitan el centro y proteger el entorno educativo y laboral del centro.
Esta política se aplica a todos los empleados y personas que visitan la universidad, participan en clases y/o programas, eventos u otras actividades que se celebren en las instalaciones de la universidad.
Aprobado por el gabinete del rector: 23/10/12
Aprobado por el consejo de administración: 20/03/13
Última revisión: __/__/__
Persona de contacto para la política: Servicios administrativos
Políticas y procedimientos relacionados
300.920 Política de acceso a las aulas
1000.260 Procedimiento sobre la presencia de niños en el recinto escolar
1000.260 PROCEDIMIENTO PARA NIÑOS EN EL RECINTO UNIVERSITARIO
La seguridad y la protección de los niños que visitan el centro requieren la colaboración de los empleados, los alumnos y/o los padres o tutores de los niños.
Este procedimiento se aplica a todos los empleados y a todas las personas que visitan la universidad, participan en clases y/o programas, eventos u otras actividades que se celebren en las instalaciones de la universidad.
A. DEFINICIÓN DE NIÑO
A efectos de estos procedimientos y de conformidad con el RCW 13.34.030 —Ley del Tribunal de Menores—, el RCW 74.13.020 —Servicios de Bienestar Infantil— y el RCW 26.28.010 —Mayoría de edad—, se considera «menor» a toda persona menor de 18 años. En WVC, la excepción a la definición de «cualquier persona menor de 18 años» son los estudiantes de entre 16 y 18 años que hayan solicitado la admisión y se hayan matriculado en clases a través del programa Running Start o tras graduarse de la escuela secundaria.
B. PROCEDIMIENTOS
Con el fin de contribuir a la protección de los menores que visitan el centro y de los entornos educativos y laborales
de la universidad, se han elaborado los siguientes procedimientos:
- Los alumnos no podrán traer a sus hijos a clase. El profesor podrá conceder excepciones en casos de emergencia, por un periodo de tiempo concreto y limitado. En tales circunstancias, el alumno será el único responsable del niño.
- Los empleados no podrán tener a sus hijos presentes en su lugar de trabajo (por ejemplo, oficina, aula, tienda, etc.) a falta de otras soluciones para el cuidado de los niños, durante el horario laboral del empleado. El supervisor del empleado podrá conceder excepciones en casos de emergencia durante un período de tiempo específico y limitado. En tales circunstancias, el empleado que acompañe al niño será el único responsable de este.
- Incluso en ausencia de excepciones, los profesores, el personal y los administradores pueden pedir a los niños que se retiren si perturban el ambiente de aprendizaje o de trabajo, o si la seguridad se ve comprometida.
- La universidad ofrece determinados programas y actividades dirigidos a niños y/o programas especializados diseñados para niños. La universidad se encarga de la supervisión de los niños matriculados en dichos programas y actividades. La universidad no supervisa a los niños fuera de dichos programas o actividades; y ni la universidad, ni sus empleados, agentes o estudiantes pueden asumir la responsabilidad de hacerlo en nombre de la universidad.
- No se permite la entrada de niños, aunque vayan acompañados de un adulto, en las zonas donde se utilicen equipos peligrosos o donde se almacenen o utilicen productos químicos, productos de limpieza, disolventes o cualquier otro producto peligroso .
- Bajo ninguna circunstancia se permite llevar al lugar de trabajo a niños que padezcan una enfermedad contagiosa.
- Ningún empleado, estudiante o visitante del centro podrá dejar a un niño sin supervisión en el centro, ya sea en los edificios del campus, en los terrenos del campus o en un vehículo. Tampoco se podrá dejar a un niño al cuidado de un empleado o estudiante del centro, a menos que dicho niño esté matriculado en un programa autorizado del centro.
C. CUMPLIMIENTO
- Se pedirá a los padres o tutores de los menores que incumplan este procedimiento que saquen al menor del recinto universitario.
- Se puede contactar con el padre, la madre o el tutor de un menor no acompañado y pedirle que se reúna con el menor.
- A los menores que se encuentren sin supervisión se les podrá pedir que abandonen las instalaciones del centro, se les podrá remitir al servicio de seguridad del campus o a la policía local, en función de su edad, su comportamiento y otras circunstancias. El incumplimiento de este procedimiento por parte de los estudiantes podrá dar lugar a medidas disciplinarias, que pueden llegar a incluir la expulsión del centro.
- El incumplimiento de este procedimiento por parte de los empleados podrá dar lugar a medidas disciplinarias, de conformidad con los procedimientos disciplinarios de la universidad y los establecidos en los contratos.
Aprobado por el gabinete del rector: 23/10/12
Presentado al consejo de administración: 20/03/13
Última revisión: __/__/__
Persona de contacto para el procedimiento: Servicios Administrativos
Normas y procedimientos relacionados
000.260 Norma sobre la presencia de menores en el campus
300.920 Norma sobre el acceso a las aulas