200.150 POLÍTICA SOBRE SOLICITUDES COMERCIALES
Las instalaciones de la universidad no podrán utilizarse para actividades de captación comercial, publicidad o promoción,
salvo cuando dichas actividades respondan claramente a objetivos educativos o beneficien a las comunidades del distrito universitario,
y siempre que dicho uso no interfiera ni perjudique
el desarrollo de las actividades de la universidad ni la libre circulación.
La universidad se reserva el derecho, en todo momento, de evaluar cada actividad por separado, y
dichas decisiones serán tomadas por el director de servicios administrativos o la persona que este designe.
De conformidad con el artículo 42.17.260(6) del Código Revisado de Washington (RCW), se prohíbe a los organismos estatales ceder, vender
o facilitar el acceso a listas de personas con fines comerciales.
Sustituye a la norma 2.P.03
Aprobada por el consejo de administración: 10/05/00
Renumerada a partir de la norma 600.140 y aprobada por el consejo de administración: 11/04/01
Actualización del cargo del empleado: aprobada por el consejo de administración: 19/09/07
Última revisión: __/__/__
Persona de contacto para la política: Servicios Administrativos
Políticas y procedimientos relacionados
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