Permiso temporal por horas
1500.360 PROCEDIMIENTO DE PERMISO TEMPORAL POR HORAS
En la medida en que la presente política se refiera a condiciones o disposiciones reguladas por convenios colectivos para los empleados representados, prevalecerán las condiciones del convenio colectivo para dichos empleados representados y clasificados.
El presente procedimiento describe los requisitos establecidos en los artículos 296-128-600 a 296-128-770 del Código Administrativo de Washington (WAC) y en el artículo 49.46.210 del RCW, que permite a los empleados temporales remunerados por horas (incluidos los estudiantes) acumular permisos remunerados por enfermedad para velar por su salud y la de sus familiares. Este procedimiento ofrece orientación al personal y a los supervisores a la hora de gestionar las ausencias de los empleados del trabajo. Este procedimiento debe utilizarse junto con el WAC, los RCW aplicables y las políticas y procedimientos de la universidad.
A. ACUMULACIÓN DE PERMISOS POR ENFERMEDAD
Los empleados temporales remunerados por horas acumulan permiso remunerado por enfermedad a razón de una hora por cada 40 horas trabajadas.
B. SOLICITUD, APROBACIÓN, NOTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS BAJAS POR ENFERMEDAD
- El disfrute de la baja por enfermedad está sujeto a la autorización del superior. Cuando sea previsible la necesidad de disfrutar de una baja por enfermedad —como en el caso de citas médicas—, el empleado deberá notificar a su superior dicha necesidad tan pronto como tenga conocimiento de ella. El empleado deberá seguir el procedimiento de solicitud de permisos establecido por la universidad. Cuando la necesidad de utilizar la baja por enfermedad no pueda preverse, el empleado deberá notificar a su superior la necesidad de utilizarla a más tardar al inicio del turno en el que tenga previsto trabajar, y cada día posterior, salvo que exista un acuerdo mutuo en sentido contrario. Si un empleado se encuentra en un puesto en el que sea necesario un sustituto en caso de ausencia, deberá notificarlo a su supervisor al menos dos horas antes de la hora prevista para incorporarse al trabajo (excluidas las bajas por emergencias de conformidad con la Ley de Baja por Violencia Doméstica).
- En el caso de ausencias que superen los tres días, la universidad podrá exigir que se acredite que el uso de la baja por enfermedad remunerada por parte del empleado se debe a uno de los motivos autorizados que se enumeran a continuación en el apartado sobre el uso de la baja por enfermedad.
- Es posible que se exija a un empleado que se reincorpore al trabajo tras una baja por enfermedad que presente un certificado por escrito de su profesional sanitario en el que se indique que el empleado está en condiciones de reincorporarse al trabajo y desempeñar las funciones esenciales del puesto, con o sin adaptaciones razonables.
C. USO DE LAS BAJAS POR ENFERMEDAD
La baja por enfermedad puede utilizarse en los siguientes casos:
- Enfermedad, lesión o problema de salud, ya sea físico o mental, del empleado.
- Atención preventiva, como citas médicas, dentales u oftalmológicas, y/o tratamientos.
- El cuidado de un familiar que padezca una enfermedad, una lesión o un problema de salud, y/o la atención preventiva, como una cita médica, dental y/u oftalmológica.
- Cierre del lugar de trabajo del empleado o del colegio o centro de acogida de su hijo por orden de un funcionario público por cualquier motivo relacionado con la salud.
- Si el empleado o un familiar del empleado es víctima de violencia doméstica, agresión sexual,
acoso o delito de odio. El uso autorizado de la baja por enfermedad en casos de violencia doméstica,
agresión sexual, acoso o delito de odio incluye:
- Solicitar asistencia jurídica o policial, o medidas legales, para garantizar la salud y la seguridad de los empleados y sus familiares, lo que incluye, entre otras cosas, prepararse para o participar en cualquier procedimiento judicial civil o penal relacionado con, o derivado de, la violencia doméstica, la agresión sexual, el acoso o los delitos de odio.
- Acudir a un profesional sanitario para recibir tratamiento por lesiones físicas o psicológicas causadas por la violencia doméstica, la agresión sexual o el acoso.
- Asistir a las citas médicas de una víctima que sea familiar del empleado.
- Obtener, o ayudar a los familiares del empleado a obtener, servicios de: un centro de acogida para víctimas de violencia doméstica, un centro de atención a víctimas de violación o un programa de servicios sociales destinado a la asistencia a víctimas de violencia doméstica, agresión sexual, acoso o delitos de odio.
- Para recibir, o ayudar a un familiar a recibir, asesoramiento en materia de salud mental relacionado con un incidente de violencia doméstica, agresión sexual, acoso o delito de odio en el que el empleado o un familiar suyo haya sido víctima de violencia doméstica, agresión sexual, acoso o delito de odio.
- Participar, en nombre del empleado o de los miembros de su familia, en: la planificación de la seguridad, o en un traslado temporal o permanente, o en otras medidas destinadas a reforzar la seguridad frente a futuros incidentes de violencia doméstica, agresión sexual, acoso o delitos de odio.
D. DEFINICIÓN DE MIEMBROS DE LA FAMILIA (RCW 49.26.210 (2.a))
Por «familiar» se entiende un hijo, un nieto, un abuelo, un padre, un hermano o un cónyuge de un empleado, y también incluye a cualquier persona que resida habitualmente en el domicilio del empleado o cuando la relación genere la expectativa de que el empleado cuide de dicha persona, y dicha persona dependa del empleado para recibir cuidados. El término «familiar» incluye a cualquier persona que resida habitualmente en el domicilio del empleado, salvo aquellas personas que simplemente residan en el mismo domicilio sin que exista la expectativa de que el empleado se ocupe de dicha persona.
E. AÑO DE ACUMULACIÓN DE PERMISOS REMUNERADOS POR ENFERMEDAD
A efectos de la baja remunerada por enfermedad para los empleados temporales y los estudiantes contratados por horas, el año de acumulación de Wenatchee Valley College va del 1 de enero al 31 de diciembre.
F. TRASLADO DE LAS HORAS DE BAJA POR ENFERMEDAD REMUNERADAS
No existe ningún límite en el número de horas de baja remunerada por enfermedad que se pueden acumular en un año; sin embargo, al final del año de acumulación, solo los saldos de baja remunerada por enfermedad no utilizados que sean de 40 horas o menos se transferirán a enero del año siguiente. Las horas que superen las 40 se eliminarán.
G. AUMENTOS EN EL USO DE LAS BAJAS POR ENFERMEDAD REMUNERADAS
Los trabajadores temporales remunerados por horas pueden utilizar la baja remunerada por enfermedad en fracciones de 0,25 de una hora.
H. REGISTRO DEL TIEMPO DE BAJA POR ENFERMEDAD REMUNERADA
Los empleados temporales remunerados por horas solicitarán la baja remunerada por enfermedad, según corresponda, a través de ctcLink.
I. LAS RESTRICCIONES HORARIAS SIGUEN VIGENTES
Los trabajadores temporales por horas no deben superar el número máximo de horas semanales o mensuales que les hayan asignado sus supervisores, incluido cualquier tiempo de baja por enfermedad remunerada que hayan solicitado.
J. IMPORTE DE LA REMUNERACIÓN AL DISFRUTAR DE LA BAJA POR ENFERMEDAD REMUNERADA
Las horas de baja por enfermedad remuneradas se abonarán según la tarifa salarial habitual del empleado. Las horas de baja por enfermedad remuneradas no se tendrán en cuenta a la hora de calcular las horas extras ni para acumular tiempo adicional de baja por enfermedad.
K. PERMISO COMPARTIDO
Los empleados temporales por horas y los estudiantes no pueden participar en el programa de permisos compartidos.
L. TIPOS DE PERMISOS NO REMUNERADOS
Los permisos no remunerados para fines protegidos, tal y como se indica a continuación, tienen por objeto cumplir con las obligaciones legales derivadas de la normativa
o de la legislación aplicable. Los empleados temporales por horas y los estudiantes deben notificar
a su supervisor, según corresponda, cualquier ausencia por permiso no remunerado, pero no es necesario
que presenten estas ausencias formalmente como una solicitud de ausencia en ctcLink. Los tipos de permiso no remunerado
incluyen el permiso por deber cívico y el permiso por motivos de fe y conciencia (no cubierto por el
permiso por enfermedad remunerado).
M. CESE EN EL EMPLEO
En caso de que un empleado cese en su relación laboral, no se le abonará ningún reembolso económico ni de otro tipo por los días de baja remunerada por enfermedad acumulados y no disfrutados en el momento del cese.
N. REINCORPORACIÓN AL TRABAJO
Si un empleado deja su puesto de trabajo y vuelve a ser contratado en un plazo de 12 meses desde su cese, cualquier permiso remunerado por enfermedad acumulado y no disfrutado se reintegrará al saldo de permiso remunerado por enfermedad del empleado.
O. PROHIBICIÓN DE LAS REPRESALIAS
No se permite ningún tipo de discriminación ni represalia contra un empleado por el ejercicio legítimo de sus derechos a la baja remunerada por enfermedad. No se impondrán medidas disciplinarias a los empleados por el uso legítimo de la baja remunerada por enfermedad.
Si un empleado considera que está siendo objeto de discriminación o de represalias, podrá ponerse en contacto con el director Recursos Humanos o con la persona que este designe.
Si un empleado no está satisfecho con la respuesta de la universidad, podrá ponerse en contacto con el Departamento de Trabajo e Industria del Estado de Washington.
Página web: www.lni.wa.gov/WorkplaceRights
Teléfono: 1-866-219-7321 (llamada gratuita)
Correo electrónico: ESgeneral@lni.wa.gov
P. ¿ALGUNA PREGUNTA?
Recursos Humanos alguna duda, póngase en contacto Recursos Humanos .
Aprobado por el gabinete del presidente: 2 de enero de 2018, 21 de marzo de 2023, 13 de enero de 2026
Última revisión: 13 de enero de 2026
Persona de contacto para este procedimiento: Recursos Humanos
Normas y procedimientos relacionados
400.450 Norma sobre el empleo de estudiantes
1400.450 Procedimiento sobre el empleo de estudiantes