Contratación de familiares (lucha contra el nepotismo)
500.275 POLÍTICA SOBRE LA CONTRATACIÓN DE FAMILIARES (Contra el nepotismo)
A. OBJETIVO
El objetivo de esta política es prevenir los conflictos de intereses en las relaciones jerárquicas y en las decisiones laborales que afecten a familiares, miembros del hogar, parejas sentimentales o parejas de hecho registradas ante el Estado, en lo sucesivo denominados «familiares o miembros del hogar».
B. DEFINICIONES
A efectos de la presente política, se entiende por «miembros de la familia o del hogar» el cónyuge, los hermanos, los padres, los hijos, los abuelos, los nietos, las sobrinas, los sobrinos, los parientes políticos, la pareja de hecho y las personas que mantengan una relación de convivencia, así como los miembros de sus familias tal y como se enumeran en esta sección. Se considerarán también miembros de la familia o del hogar a los padrastros, hijastros, hermanastros, abuelos políticos y nietos políticos. La presente política se aplica asimismo a las parejas íntimas, definidas como aquellas personas con las que el empleado mantenga actualmente una relación sentimental y/o sexual.
C. POLÍTICA
Los familiares o miembros del hogar podrán ser nombrados para un puesto cuando se haya determinado que son los candidatos más cualificados y cuando el Recursos Humanos o la persona designada por él haya determinado que la relación laboral no dará lugar a un conflicto de intereses ni a la apariencia de favoritismo. No obstante, no se podrá contratar a una persona para un puesto que dé lugar a una situación en la que un empleado participe en la selección, evaluación, nombramiento, cese, ascenso, descenso de categoría, aprobación de un aumento o reducción salarial, supervisión o evaluación de un miembro de la familia o del hogar (tal y como se define anteriormente) de dicho empleado. Por lo demás, las relaciones familiares no se utilizarán como fundamento para conceder o denegar derechos, privilegios o prestaciones laborales.
Ningún empleado de la universidad que mantenga o parezca mantener una relación estrecha por parentesco, adopción o matrimonio, o que forme parte del mismo núcleo familiar, podrá ser nombrado para puestos en los que uno de ellos pueda ejercer influencia alguna o provocar consecuencias en la situación laboral del otro. En general, las personas que mantengan dicha relación no podrán ser contratadas en el mismo programa, departamento o división de la universidad.
La universidad no contratará ni establecerá ninguna relación laboral con ningún familiar o miembro del hogar del rector, salvo en circunstancias extraordinarias que se consideren necesarias y previa autorización expresa del presidente de la Junta Directiva.
D. SOLICITUD DE EXCEPCIÓN
El nombramiento de más de un miembro de una misma familia o unidad familiar en el mismo programa, departamento o división de la universidad requiere una justificación especial por parte del responsable correspondiente en lo que respecta a las necesidades de personal y a las cualificaciones específicas de la persona. Dichos nombramientos deben ser revisados previamente por el Recursos Humanos o la Recursos Humanos que este designe.
E. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
En caso de que se produzca una situación en la que un empleado del Wenatchee Valley College mantenga una relación laboral con un familiar o miembro de su hogar, y en la que dicho empleado participe en la contratación, selección, nombramiento, cese, ascenso, descenso de categoría, aprobación de un aumento o una reducción salarial, supervisión o evaluación de dicho familiar o miembro de su hogar, dicha situación deberá subsanarse de inmediato. Se informará al empleado de las alternativas disponibles, que podrán incluir el traslado voluntario (si es factible) a otros departamentos del campus, o medidas para asignar funciones laborales que minimicen los problemas de supervisión, seguridad o moral. Se dará a dicho empleado la oportunidad de elegir entre las alternativas. Si no existe ninguna alternativa disponible, o si el empleado no puede llegar a un acuerdo sobre ninguna de dichas alternativas, la universidad adoptará las medidas adecuadas para remediar la situación. Dichas medidas podrán incluir un traslado involuntario o la rescisión del contrato de trabajo.
Aprobada inicialmente por la Junta Directiva: 12/09/01
Revisada y aprobada por el gabinete del presidente: 27/09/11
Aprobada por la Junta Directiva: 17/01/07, 16/11/11
Última revisión: 06/01/26
Persona de contacto para esta política: Recursos Humanos
Políticas y procedimientos relacionados:
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