POLÍTICA SOBRE LA AUTORIDAD PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL EXENTO (570 000)
El artículo 28B.50.140 del RCW autoriza Junta Directiva la Junta Directiva contratar, por un período de tiempo fijado por la propia junta,
al personal administrativo que se considere oportuno o necesario, así como a establecer sus funciones y
salarios. La junta delega en el presidente la facultad de contratar, asignar, evaluar
y destituir al personal exento.
Aprobado por el gabinete del presidente: 5 de noviembre de 2019
Aprobado por la Junta Directiva: 12 de septiembre de 2001, 20 de noviembre de 2019
Última revisión: 6 de enero de 26
Persona de contacto para cuestiones relacionadas con la política: Recursos Humanos
Políticas y procedimientos relacionados:
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