1600.501 PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
El procedimiento operativo del Distrito de Centros de Educación Superior n.º 15 establecerá que los proyectos de inversión
propuestos y desarrollados por el distrito deberán cumplir con las disposiciones de
el RCW 43.21C, la Ley Estatal de Política Medioambiental (SEPA); el WAC 197-11, directrices para
la aplicación de la SEPA; y el WAC 131-24-030, normas de aplicación de la SEPA de la Junta Estatal
de Educación de los Colegios Comunitarios.
De conformidad con el WAC 197-11-910, el presidente del distrito, o un responsable administrativo
designado por el presidente del distrito, será el «responsable oficial» de la aplicación
de esta política
Aprobado por el gabinete del presidente el 10 de abril de 2001
Presentado a la Junta Directiva:
Última revisión: __/__/__
Persona de contacto para el procedimiento: Servicios Administrativos
Políticas y procedimientos relacionados:
. No se han identificado por el momento.