1600.501 PROCEDIMIENTO DE PROTECCIÓN MEDIOAMBIENTAL
El procedimiento operativo del Distrito de Colegios Comunitarios n.º 15 establecerá que los proyectos de inversión
propuestos y desarrollados por el distrito deberán cumplir con las disposiciones de
RCW 43.21C, la Ley Estatal de Política Ambiental (SEPA); WAC 197-11, directrices para
la aplicación de la SEPA; y WAC 131-24-030, normas de aplicación de la SEPA de la junta estatal
de educación de los colegios comunitarios.
De conformidad con el WAC 197-11-910, el presidente del distrito, o un funcionario administrativo
designado por el presidente del distrito, será el «funcionario responsable» de la aplicación
de esta política
Aprobado por el gabinete del rector el 10 de abril de 2001
Presentado al consejo de administración:
Última revisión: __/__/__
Persona de contacto para el procedimiento: Servicios Administrativos
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