700.110 POLÍTICA DE MENSAJERÍA ELECTRÓNICA
A. DEFINICIÓN
Mensajería electrónica: incluye, entre otros, los sistemas de correo electrónico (e-mail) que almacenan y
transmiten comunicaciones escritas, los sistemas de buzón de voz que almacenan y transmiten comunicaciones de voz,
los equipos de fax y de tratamiento de imágenes que almacenan y transmiten imágenes, la transmisión de
mensajes a través de Internet y otros sistemas en los que se almacenan imágenes, audio o texto
en formato electrónico.
B. FINALIDAD DE USO
Los servicios de mensajería de la universidad solo podrán utilizarse para fines relacionados con la universidad. Cualquier contenido
creado, recibido, almacenado o enviado a través de los sistemas de mensajería electrónica de la universidad
es propiedad de la universidad. [Capítulo 42.52 del RCW]
C. SEGURIDAD Y CONFIDENCIALIDAD
La universidad se esforzará por ofrecer sistemas de mensajería electrónica que garanticen la confidencialidad
y protejan contra el acceso no autorizado y otras violaciones de la seguridad, de conformidad
con la política de privacidad 700.200 de WVC.
Aprobado por el gabinete del rector: 21/10/03, 5/8/08
Aprobado por el consejo de administración: 17/12/04, 19/11/08
Última revisión: 14/1/25
Contacto para la política: Tecnología
Políticas y procedimientos relacionados
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