1400.090 PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCIÓN DE ASIGNATURAS
Cuando un estudiante solicite la sustitución de una asignatura obligatoria, deberá dirigirse
al director del programa. El director del programa consultará con el experto en la materia
para asegurarse de que se comprende correctamente el contenido de cada asignatura. El decano correspondiente
y el director del programa evaluarán la idoneidad de la sustitución
en el contexto del cumplimiento de los objetivos del programa y, a continuación, recomendarán aceptar o no
la sustitución. Si la sustitución resulta aceptable para cumplir los requisitos del programa
que cubre la asignatura sustitutiva, el decano y el director informarán a la secretaría académica
de que dicha sustitución ha sido aprobada.
Aprobado por el gabinete del rector: 7 de enero de 25
Última revisión: 7 de enero de 25
Persona de contacto para el procedimiento: Servicios al Estudiante
Políticas y procedimientos relacionados
400.085 Modificación sustancial: política de sustitución o exención de asignaturas
1400.085 Modificación sustancial: procedimiento de sustitución o exención de asignaturas