Determinación del salario del personal clasificado (no representado)
540.050 DETERMINACIÓN DEL SALARIO DEL PERSONAL CLASIFICADO (sin representación sindical)
La presente política se aplica a todos los empleados clasificados del Wenatchee Valley College que no estén sujetos a un convenio colectivo.
El Wenatchee Valley College se regirá por el Plan de Retribución del estado de Washington, tal y como lo establece la Oficina de Gestión Financiera del estado de Washington, a la hora de determinar los rangos salariales a los que se hace referencia en el WAC 357-28, así como en todas las demás leyes y normativas federales y estatales aplicables.
La universidad se compromete a garantizar un trato justo y equitativo al personal administrativo, especialmente en lo que se refiere a cuestiones de remuneración. El objetivo de esta política y del procedimiento que la acompaña es establecer un plan de gestión de la remuneración, coherente a nivel interno y conforme a la normativa, para la fijación y la evolución salarial del personal administrativo no sindicado.
La presente política de fijación salarial y el procedimiento correspondiente están sujetos a la aprobación del Recursos Humanos del estado de Washington, a fin de incluir los requisitos mínimos exigidos por el WAC 357-28-035.
Aprobado por el gabinete del rector: 28/04/09
Aprobado por el director del departamento de personal: aprobación provisional en mayo de 2009
Aprobado por la Junta Directiva: 19/08/09
Renumerado a partir del 550.070 y aprobado por el gabinete del rector el 02/08/11
Aprobado por la Junta Directiva: 19/10/11
Última revisión: 6 de enero de 2026
Persona de contacto para la política: Recursos Humanos
Normas y procedimientos relacionados:
1540.050 «Procedimiento para la fijación de salarios del personal clasificado (no representado)»
1540.050 PROCEDIMIENTO DE DETERMINACIÓN DEL SALARIO DEL PERSONAL CLASIFICADO (sin representación sindical)
Este procedimiento se aplica a todos los empleados clasificados del Wenatchee Valley College que no estén sujetos a un convenio colectivo.
A. FIJACIÓN DEL SALARIO BASE PARA LOS NUEVOS EMPLEADOS
- La universidad fijará un salario base para los nombramientos iniciales dentro del rango salarial asignado a dicha categoría profesional en el Plan de Retribución del estado de Washington. El salario base inicial ofrecido no podrá ser inferior al mínimo ni superior al importe máximo en dólares dentro del rango salarial asignado a dicha categoría.
- A la hora de determinar el salario base inicial dentro del rango salarial asignado a la clasificación del puesto, la universidad podrá tener en cuenta cuestiones relacionadas con la contratación y la retención del personal, la formación académica y la experiencia laboral pertinente en relación con las competencias y los requisitos del puesto.
B. MODIFICACIONES EN EL SALARIO BASE DE LOS EMPLEADOS ACTUALES
- Fecha de incremento periódico (WAC 357-28-050 - 095)
La universidad aplicará la fecha de entrada en vigor del incremento periódico tal y como se establece en el Código Administrativo de Washington. Salvo que este procedimiento lo modifique, un empleado recibirá un aumento de dos escalones en su salario base en la fecha del incremento periódico hasta que alcance el escalón L de la escala salarial.
Todos los empleados pasarán al escalón M seis años después de haber sido asignados al escalón L en su rango salarial permanente. La universidad podrá elevar el escalón de un empleado al escalón M para hacer frente a cuestiones relacionadas con la contratación, la retención u otras necesidades de la institución.
- Promoción (WAC 357-28-110)
- Los empleados que sean ascendidos a un puesto pasarán al escalón de la escala salarial correspondiente a la nueva
categoría que se encuentre más próximo al cinco por ciento por encima de su salario anterior al ascenso, sin superar
el escalón M de la escala salarial. La universidad podrá Beca / Subsidio ar un aumento mayor si:
- Los aumentos significativos de las funciones y responsabilidades, tal y como ha documentado la empresa, justifican una remuneración mayor;
- El aumento es necesario para la armonización salarial interna, la retención del empleado u otras necesidades empresariales documentadas, de conformidad con el WAC 357-28-090; o
- El aumento es necesario para que el salario del empleado alcance el mínimo del rango salarial correspondiente al puesto.
- Los empleados que sean ascendidos a un puesto pasarán al escalón de la escala salarial correspondiente a la nueva
categoría que se encuentre más próximo al cinco por ciento por encima de su salario anterior al ascenso, sin superar
el escalón M de la escala salarial. La universidad podrá Beca / Subsidio ar un aumento mayor si:
- Reasignación (WAC 357-28-115, 120)
- Un empleado que ocupe un puesto que se reasigne a una categoría con un rango salarial más alto deberá ascender al escalón del nuevo rango que sea el más cercano a un cinco por ciento por encima del importe del escalón anterior al ascenso, o al escalón de entrada del nuevo rango, el que sea más alto.
- Un empleado que ocupe un puesto que se reasigne a una categoría con un máximo de rango salarial equivalente conservará su salario base anterior o pasará al escalón inicial del nuevo rango, el que sea más alto.
- Un empleado que ocupe un puesto que se reasigne a una categoría con un rango salarial
inferior deberá situarse dentro del nuevo rango salarial con una cuantía igual a su
salario base actual, siempre que se encuentre dentro del rango salarial del nuevo puesto. En aquellos casos
en los que el salario actual del empleado supere la cuantía máxima del rango salarial
del nuevo puesto, se le remunerará con el salario que percibía
antes de la reasignación a un nivel inferior, hasta que el empleado deje vacante el puesto o su
salario se sitúe dentro del nuevo rango salarial, de conformidad con el WAC 357-28-040.
De conformidad con el WAC 357-28-110, la universidad podrá autorizar aumentos por escalones superiores a los especificados en los apartados a y b anteriores.
- Despido (WAC 357-28-135)
- Un empleado que acepte otro puesto dentro de su rango salarial actual conservará su salario base actual.
- A aquel empleado que acepte un descenso de categoría en lugar de un despido o que opte por un despido para ocupar un puesto con un rango salarial inferior, se le abonará una cantidad equivalente a su actual salario base, siempre que este se encuentre dentro del rango salarial del nuevo puesto. En aquellos casos en los que el salario base actual del empleado supere el importe máximo del rango salarial del nuevo puesto, se le remunerará con el salario máximo de dicho rango salarial.
- A los empleados que sean nombrados, a partir de una lista de despidos interna o estatal, para un puesto con el mismo rango salarial que el de su puesto anterior, se les abonará la cantidad que percibían en el momento de su despido.
- A los empleados que sean nombrados, a partir de una lista de despidos interna o estatal, para ocupar un puesto con un rango salarial inferior al del puesto del que fueron despedidos, se les abonará una cantidad equivalente al salario que percibían en el momento de su despido, siempre que dicho importe se encuentre dentro del rango salarial del nuevo puesto. En aquellos casos en los que el salario anterior del empleado supere el importe máximo del rango salarial del nuevo puesto, se le abonará el salario máximo de dicho rango salarial.
- Traslado (357-28-140)
Se entiende por traslado el cambio, a iniciativa del empleado, de un puesto a otro dentro de la universidad, ya sea dentro de la misma categoría o de una categoría diferente, siempre que el máximo del rango salarial sea el mismo. Los empleados trasladados conservarán su salario base actual . Si el salario base anterior supera el máximo de la nueva escala salarial, el salario base del empleado se fijará en el importe del máximo de la nueva escala salarial. - Reasignación (WAC 357-28-145)
La reasignación se define como el traslado, a iniciativa del empleador, de un empleado dentro de la universidad de un puesto a otro de la misma categoría o de una categoría diferente, pero con el mismo límite máximo del rango salarial. Tras la reasignación, el empleado conserva su salario base actual. - Reincorporación (WAC 357-28-150)
La reincorporación se define como el traslado, voluntario o involuntario, de un empleado durante el período de prueba a la categoría en la que el empleado ostentaba más recientemente la condición de fijo, o el traslado a una categoría dentro del mismo rango salarial o de un rango inferior. Tras la reincorporación, se restablecerá el salario base que el empleado percibía antes del ascenso. - Descenso de categoría (WAC 357-28-155)
Un empleado que, de forma voluntaria, acepte un descenso de categoría a otro puesto con un rango salarial máximo inferior, se situará en el nuevo rango con un salario igual a su salario base anterior. Si el salario base anterior supera el rango nuevo, el salario base del empleado se fijará en el máximo del nuevo rango. - Ascenso (WAC 357-28-160)
El ascenso se define como la reincorporación de un empleado a la clasificación superior, con carácter permanente, que ocupaba antes de que se le concediera un descenso de categoría, o a una categoría que se sitúe entre la categoría actual y aquella a la que fue descendido. Tras el ascenso, el salario del empleado se determinará de la misma manera que se establece para la promoción en la sección B.2 anterior. - Llamada de retorno (WAC 357-28-185)
- Cuando un empleado con derecho a horas extras haya abandonado las instalaciones de la institución y se le convoque para que regrese a su puesto de trabajo fuera del horario habitual con el fin de hacer frente a situaciones de emergencia que no se hayan podido prever, percibirá tres horas de remuneración por llamada de emergencia , además del tiempo realmente trabajado. La remuneración por horas extras se abonará según la tarifa habitual; el tiempo trabajado se remunerará de conformidad con el WAC 357-28-255.
- El tiempo trabajado por un empleado con derecho a horas extras inmediatamente antes de su turno habitual no se considera una llamada de vuelta al trabajo, siempre que dicho tiempo no supere las dos horas o se haya dado un preaviso de al menos ocho horas.
- Un empleado que perciba una remuneración por disponibilidad no tendrá derecho a la remuneración por reincorporación si se le exige que vuelva al trabajo tras haber abandonado el lugar de trabajo o si se le ordena presentarse a su puesto antes de la hora de inicio de su nuevo turno de trabajo programado.
- Shift Premium (WAC 357-28-190)
- En el caso de los empleados a tiempo completo con derecho a horas extras, se deberá abonar un complemento por turno, tal y como se especifica en el plan de retribución de la Oficina de Gestión Financiera, a aquellos empleados asignados a un turno en el que la mayor parte del tiempo trabajado diariamente o semanalmente se sitúe entre las 18:00 y las 06:00, o a aquellos a los que se les haya programado un turno dividido con un mínimo de cuatro horas intermedias no trabajadas.
- El complemento por turno se abonará por la totalidad del turno diario o semanal que cumpla los requisitos establecidos en este apartado. Estos empleados también tienen derecho al complemento por turno por todas las horas que trabajen inmediatamente antes o después de dicho turno.
- El complemento por turno podrá abonarse mensualmente, tal y como se especifica en el plan de retribución, a los empleados a tiempo completo asignados de forma habitual a un turno que cumpla los requisitos.
- Se abonará el complemento por turno durante los períodos autorizados de permiso remunerado y días festivos, así como durante un máximo de cinco días en caso de asignación temporal a un turno que no dé derecho al complemento por turno.
- Los empleados pueden renunciar al complemento por turno antes de percibirlo. La solicitud de renuncia al complemento por turno debe presentarse por escrito en la Recursos Humanos .
- Los empleados que soliciten voluntariamente trabajar en un turno tal y como se describe en el apartado 11.a de este artículo no tendrán derecho a la prima por turno.
- Complemento salarial por días festivos (WAC 357-28-200)
Los empleados con derecho a horas extras a los que se les ordene trabajar en un día festivo designado por el WVC deberán percibir su tarifa salarial habitual correspondiente a dicho día festivo. Además, los empleados recibirán un complemento salarial a la tarifa de horas extras por todas las horas trabajadas durante el día festivo. La universidad podrá ofrecer tiempo libre compensatorio en lugar de un pago económico. - Remuneración por disponibilidad (WAC 357-28-205)
Los empleados con derecho a horas extras a los que se les exija limitar sus actividades fuera del horario laboral para estar inmediatamente disponibles para el servicio deben recibir una remuneración por el tiempo que permanezcan en estado de disponibilidad, según la tarifa especificada en el plan Recursos Humanos del estado.
Aprobado por el gabinete del rector: 28/04/09
Aprobado por el director de personal: aprobación provisional en mayo de 2009
Renumerado a partir del 1550.070 y aprobado por el gabinete del rector: 02/08/11
Revisado y aprobado por el Gabinete del Presidente: 23/05/23, 31/03/26
Última revisión: 31/03/26
Persona de contacto para el procedimiento: Recursos Humanos
Normas y procedimientos relacionados:
540.050 Norma sobre la fijación de salarios del personal clasificado (no representado)