Permiso profesional exento
570.410 POLÍTICA DE PERMISOS PROFESIONALES EXENTOS
De conformidad con el RCW 28B.10.650 y previa aprobación de la Junta Directiva, se podrá conceder una excedencia remunerada de hasta un año a los empleados a tiempo completo y exentos, con el fin de realizar estudios, investigaciones y actividades creativas que respalden y potencien la misión y los objetivos de la universidad. Los empleados podrán solicitar una excedencia profesional tras haber completado al menos seis años consecutivos a tiempo completo en el Wenatchee Valley College. Se espera que los empleados cuenten con la experiencia y la formación necesarias para el puesto que ocupan. Por lo general, no se concede una excedencia profesional con el fin de adquirir las cualificaciones necesarias para un puesto que se ocupa actualmente.
El centro elaborará los procedimientos para solicitar una excedencia profesional, incluidos los requisitos, los plazos, los límites y demás condiciones.
Los empleados exentos podrán solicitar hasta un año de permiso no remunerado por los mismos motivos mencionados anteriormente.
Aprobada por la Junta Directiva: 12/09/01, 17/10/12
Renombrada y aprobada por la Junta Directiva: 19/09/07
Revisada y aprobada por el gabinete del presidente: 10/07/12
Última revisión: 06/01/26
Persona de contacto para esta política: Recursos Humanos
Políticas y procedimientos relacionados:
1570.410 Procedimiento de permisos para profesionales exentos
1570.410 PROCEDIMIENTO DE PERMISO PROFESIONAL EXCEPCIONAL
A. PERMISO POR MOTIVOS PROFESIONALES
De conformidad con la legislación pertinente del estado de Washington, y siempre que se disponga de fondos asignados por el estado, la universidad ofrecerá oportunidades de permiso profesional al personal exento cada dos años. Mediante el procedimiento de solicitud, evaluación y aprobación, se podrá conceder al personal exento a tiempo completo la condición de permiso profesional durante un período de tiempo determinado, que no podrá exceder de un año.
- El personal exento podrá tener derecho a un permiso por motivos profesionales tras haber prestado servicio como empleado a tiempo completo durante seis años consecutivos.
- Salvo que se acuerde lo contrario por escrito, el empleado que regrese de una excedencia profesional podrá reincorporarse al puesto para el que esté cualificado por su formación y experiencia; el empleado podrá aceptar otro puesto de categoría superior.
- El período mínimo que un empleado debe permanecer en el puesto tras finalizar una excedencia por motivos profesionales es de dos años.
- En caso de que el empleado cese en su relación laboral con la universidad antes de cumplir con lo dispuesto en el presente procedimiento, deberá reembolsar de inmediato, de forma prorrateada, la remuneración (salario) abonada por la universidad mientras se encontraba en situación de permiso profesional.
- Un empleado que se encuentre en excedencia profesional se considerará empleado en activo de la universidad y seguirá teniendo derecho a las prestaciones médicas y de jubilación.
- Durante todo el período de la excedencia profesional, la remuneración que abone la universidad no superará el 90 % del salario contractual del empleado. El importe total en dólares abonado al beneficiario de la excedencia y a su sustituto no podrá superar el 150 % del importe total en dólares que se habría gastado si el beneficiario no hubiera estado de excedencia.
- En caso de que el empleado reúna los requisitos para recibir una Beca / Subsidio una asignación de fuentes distintas de la universidad, el importe abonado por la universidad y el total de la Beca / Subsidio o la asignación no podrán superar, en conjunto, el 100 % del salario habitual del empleado. Si el total supera el 100 %, la aportación salarial de la universidad se reducirá para ajustarse al límite máximo del 100 %.
- Las vacaciones y las bajas por enfermedad no se acumularán durante el período en que el empleado se encuentre de baja profesional.
- La baja profesional podrá ser solicitada por uno o varios miembros del personal exento, hasta un máximo de 12 meses por cada bienio.
- La concesión de una baja por motivos profesionales depende de que la facultad pueda proporcionar un sustituto cualificado para el empleado que presenta la solicitud de baja.
- Los procedimientos específicos relativos a los permisos por motivos profesionales son los siguientes:
- Un solicitante que reúna los requisitos deberá presentar al rector, 120 días antes de la fecha prevista para la excedencia, un plan por escrito en el que se detallen las metas, los objetivos y las actividades de la excedencia propuesta.
- El presidente examinará junto con la Junta Directiva las solicitudes que cumplan los requisitos para una excedencia profesional. La aprobación definitiva corresponde a la Junta Directiva.
- Recursos Humanos elabora un contrato especial de permiso por motivos profesionales que debe ser firmado por el candidato seleccionado antes del inicio del permiso.
Trasladado desde el procedimiento de permisos exentos y revisado
. Traslado y revisiones aprobados por el gabinete del rector: 10/7/12
. Presentado a la Junta Directiva: 12/9/12
. Última revisión: 15/2/26
. Persona de contacto para el procedimiento: Recursos Humanos.
Políticas y procedimientos relacionados:
570.410 Política de permisos para profesionales exentos