600.129 POLÍTICA DE EXENCIONES
El centro podrá participar en aquellas exenciones Colegiatura que la ley o la Junta Estatal de Centros de Formación Profesional y Técnica consideren facultativas. Periódicamente,
la dirección del centro revisará todas las exenciones junto con la Junta Directiva. La
Junta adoptará las exenciones facultativas que el centro pueda ofrecer en forma Beca / Subsidio especificará los niveles Cuota
en los casos en que sea opcional.
Revisada, renumerada a partir de la 600.130 y aprobada por el gabinete del rector: 24/09/13
Aprobada por la Junta Directiva: 10/05/00, 16/10/13
Última revisión: 19/07/22
Persona de contacto para la política: Servicios Administrativos
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