Civilidad y respeto en el lugar de trabajo
500.090 POLÍTICA DE CIVILIDAD Y RESPETO EN EL LUGAR DE TRABAJO
La política del Wenatchee Valley College consiste en promover unas condiciones laborales que sean humanas, justas, dignas, civilizadas, respetuosas y no discriminatorias. El centro no tolerará ninguna conducta desordenada, abusiva o indecente en el lugar de trabajo que cree, fomente o permita un ambiente de trabajo ofensivo, intimidatorio o inapropiado, o que ponga en peligro la seguridad, la salud o el bienestar de otra persona.
La universidad valora la profesionalidad de sus empleados y estudiantes en el cumplimiento de la misión de la institución. La profesionalidad implica demostrar excelencia, integridad, respeto, compasión y responsabilidad en todas nuestras interacciones laborales y responsabilidades.
Se espera que todos los empleados, voluntarios y demás personas que representen a la universidad se comporten de manera profesional, promoviendo un entorno de trabajo seguro, saludable y productivo. Se espera que los empleados cumplan con sus responsabilidades laborales, respeten los principios del lugar de trabajo en lo que respecta a la conducta personal y demuestren un alto grado de integridad personal, ética y profesionalidad en todo momento mientras estén en el trabajo. Se espera que los empleados sean corteses, respetuosos y serviciales con los estudiantes, proveedores, clientes, visitantes y demás empleados en todas sus tareas laborales. Los empleados deben apoyar la misión y los valores de Wenatchee Valley College y desempeñar las funciones y responsabilidades que se les asignen de una manera que sea digna de la confianza pública.
El procedimiento adjunto describe las definiciones y el proceso de resolución de conflictos.
Aprobado por el gabinete del rector: 31/03/15, 28/07/15, 13/01/26
Aprobado por la Junta Directiva: 15/04/15, 23/09/15, __/__/__
Última revisión: 13/01/26
Persona de contacto para la política: Recursos Humanos
Políticas y procedimientos relacionados
000.300 Política de libertad de investigación y expresión
000.300 Política de libertad de investigación y expresión
000.320 Política sobre discriminación por embarazo
000.330 Política sobre discriminación y acoso discriminatorio
000.340 Discriminación sexual/Investigación del Título IX
500.100 Normas de conducta ética de los empleados
500.115 Política de conducta ética y conflicto de intereses
500.125 Política de igualdad de oportunidades y acción afirmativa
500.450 Política sobre violencia en el lugar de trabajo
1000.320 Procedimiento sobre discriminación por embarazo
1000.330 Procedimiento sobre discriminación y acoso discriminatorio
1000.340 Procedimiento de investigación sobre discriminación sexual/Título IX
1000.345 Discriminación sexual/Título IX: Procedimiento de audiencia disciplinaria para empleados
1400.100 Procedimiento sobre derechos y libertades de los estudiantes
1500.090 Procedimiento sobre civismo y respeto en el lugar de trabajo
1500.115 Procedimiento sobre conducta ética y conflicto de intereses
1500.090 PROCEDIMIENTO SOBRE EL TRATO CIVILIZADO Y EL RESPETO EN EL LUGAR DE TRABAJO
A. DEFINICIONES
- La responsabilidad se refiere a asumir la responsabilidad de los propios actos y actividades.
- Por «discriminación y acoso» se entiende la discriminación o el acoso por motivos de raza, credo, color, religión, origen nacional o étnico, ciudadanía o situación migratoria, condición parental o familias con hijos, estado civil, sexo (género), orientación sexual, identidad de género o expresión de género, edad, información genética, condición de veterano con baja honorable o condición militar, o la presencia de cualquier discapacidad sensorial, mental o física, o el uso de un perro guía o animal de servicio adiestrado por parte de una persona con discapacidad, o cualquier otro motivo prohibido según los artículos 49.60.030 y 49.60.040 del Código Revisado de Washington (RCW) y otras leyes y reglamentos federales, o la participación en el proceso de denuncia.
- Comportamiento irrespetuoso, vengativo o perturbador incluye, entre otros, comportamientos que una persona razonable consideraría vergonzosos,
ofensivos o humillantes, tales como:
- Gritar, vociferar o utilizar un lenguaje soez, irrespetuoso u ofensivo.
- Sarcasmo con una clara intención de humillar.
- Comportamientos o comentarios arrogantes o condescendientes.
- Insubordinación.
- Acciones de represalia (por ejemplo, sabotaje)
- El uso del correo electrónico, comportamientos o comentarios que ofendan, menosprecien o humillen públicamente a los miembros de la comunidad universitaria.
- Comentarios degradantes o despectivos.
- Agresión física u otro tipo de contacto físico no deseado o inapropiado.
- Amenazas o comportamientos intimidatorios similares, tal y como los perciba razonablemente el destinatario.
- Obstrucción de los objetivos operativos establecidos, más allá de lo que se consideraría una disidencia respetuosa.
- Las prácticas empresariales éticasimplican el uso racional de los recursos y la aplicación de prácticas que cumplan y sean adecuadas con arreglo a las leyes y normativas que regulan los conflictos de intereses, la investigación patrocinada, las subvenciones y las responsabilidades fiduciarias.
- La excelencia supone un compromiso con la mejora continua de la calidad y la eficacia de la enseñanza. La búsqueda de la excelencia debe ir acompañada de integridad, empatía, compasión y respeto por la diversidad de valores y opiniones de los demás.
- Un entorno laboral hostil es aquel creado por un superior o un compañero de trabajo cuyas acciones, comunicaciones o comportamientos hacen imposible el desempeño de su trabajo. Por lo general, el acoso debe ser intencionado, grave, recurrente y generalizado, y debe interferir en la capacidad del empleado para desempeñar su trabajo, ya sea como víctima o como testigo. Además, para que sea ilegal en virtud de alguna de las leyes a ojos de los tribunales, un entorno laboral hostil suele deberse a acoso discriminatorio en el lugar de trabajo por motivos de raza, color, religión, origen nacional, discapacidad, características genéticas, edad o sexo; o bien debe deberse a represalias que infrinjan una ley contra la discriminación .
- La profesionalidad en la educación incluye, entre otras cosas, el compromiso con los más altos estándares de Beca, la innovación en los métodos de enseñanza, el respeto por la relación entre alumnos y profesores y el liderazgo a través del ejemplo del aprendizaje permanente.
- La profesionalidad en la realización de investigaciones incluye, entre otros aspectos, el compromiso con la integridad intelectual, el bienestar de los sujetos humanos y los animales de laboratorio, la recopilación, evaluación y comunicación diligentes e imparciales de la información científica, el cumplimiento de la normativa de investigación de la universidad y el trato colegiado y justo hacia el personal investigador de todos los niveles.
- Por «comportamiento poco profesional» se entiende aquel que: infringe las leyes o normas relativas a la discriminación y el acoso; infringe las normas deontológicas, incluida la profesionalidad en las prácticas educativas, de investigación o empresariales; o bien es irrespetuoso, vengativo o perturbador.
B. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
En el caso de los empleados sujetos a convenios colectivos, se espera que los directivos y supervisores de la universidad apliquen esta política de manera coherente con los principios de causa justificada, así como con cualquier otro requisito aplicable de los convenios colectivos.
La cortesía y el respeto en el lugar de trabajo exigen que los problemas se aborden mediante un proceso que sea justo, con un deseo genuino de resolver el conflicto y sin demoras indebidas. La mejor solución se alcanza cuando las partes llegan a un acuerdo de forma privada entre ellas. Al intentar resolver conflictos, tenga en cuenta las diferentes perspectivas y estilos de comunicación que puedan tener los demás. No obstante, si se necesita ayuda, cualquiera de las partes puede plantear el asunto a su supervisor, a Recursos Humanos a la persona de mayor rango si el asunto afecta al supervisor.
Recursos Humanos puede ofrecer a las personas asesoramiento y estrategias para intentar resolver estos problemas de la forma más informal posible, ya sea entre los propios empleados o con sus superiores.
Responsabilidad de los supervisores: Se espera que los supervisores demuestren liderazgo al dar ejemplo y promover la profesionalidad, la cortesía y el respeto. Esto incluye establecer expectativas claras y gestionar el rendimiento de las personas a su cargo de acuerdo con estas normas, mediante una comunicación regular y evaluaciones de rendimiento oportunas. También implica respetar la diversidad de opiniones y no tomar represalias contra los subordinados por expresar opiniones respetuosas, aunque sean discrepantes. Por último, se espera que los supervisores aborden las preocupaciones y deficiencias en materia de profesionalidad, cortesía y respeto mediante el asesoramiento, medidas disciplinarias u otras acciones que sean apropiadas, de conformidad con las políticas y procedimientos de la universidad.
Si el comportamiento inadecuado de un empleado persiste, los empleados de la universidad deben presentar una queja de manera formal (por escrito) o informal ante el responsable correspondiente de la unidad operativa a la que pertenece el empleado. Las quejas Acerca de deben presentarse ante el superior inmediato del empleado. Las quejas Acerca de o supervisores deben presentarse ante el vicepresidente de la unidad operativa a la que pertenece el empleado.
Se enviarán copias de todas las quejas por escrito y de las respuestas correspondientes al vicepresidente de cultura organizativa y desarrollo. Las quejas darán lugar, por lo general, a una investigación o indagación.
Aprobado por el gabinete del presidente: 13/01/26
Última revisión: 13/01/26
Persona de contacto para el procedimiento: Recursos Humanos
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000.320 Política sobre discriminación por embarazo
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500.090 Política de civismo y respeto en el lugar de trabajo
500.100 Normas de conducta ética de los empleados
500.115 Política de conducta ética y conflicto de intereses
500.125 Política de igualdad de oportunidades y acción afirmativa
500.450 Política sobre violencia en el lugar de trabajo
1000.320 Procedimiento sobre discriminación por embarazo
1000.330 Procedimiento sobre discriminación y acoso discriminatorio
1000.340 Procedimiento de investigación sobre discriminación sexual y el Título IX
1000.345 Discriminación sexual/Título IX: Procedimiento de audiencia disciplinaria para empleados
1400.100 Procedimiento sobre derechos y libertades de los estudiantes